En un fallo importante en defensa de los derechos de los consumidores, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Puerto Real (Cádiz) ha declarado nula la cláusula de intereses remuneratorios de la tarjeta Carrefour Pass, condenando a Servicios Financieros Carrefour a devolver a un cliente más de 13.000 euros entre el principal, intereses y costas judiciales. Esta Sentencia responde a la demanda de un cocinero gaditano, afectado por los altos intereses de este tipo de tarjetas revolving.
El Caso
El demandante, vecino de Puerto Real y socio minorista de un prestigioso restaurante, contrató la tarjeta de crédito Carrefour Pass en noviembre de 1996. A lo largo de los años, los intereses generados por esta tarjeta fueron incrementando la deuda de manera desmesurada. Según el Abogado del caso, Carrefour promovía estas tarjetas con intereses “desorbitados” aprovechándose de campañas agresivas para captar consumidores, especialmente en situaciones económicas complicadas, como las temporadas de Navidad.
La entidad ofrecía la tarjeta con la promesa de una amortización mensual asequible de 50 o 60 euros, sin explicar debidamente los términos reales del contrato ni los efectos de los altos intereses acumulados. La demanda se presentó por considerar que la cláusula de intereses era abusiva, al no superar los controles de transparencia exigidos por la ley.
La Sentencia
La Magistrada del Juzgado estimó íntegramente la demanda, declarando nula la cláusula de intereses remuneratorios por su falta de transparencia y abusividad. En su resolución, explicó que el contrato no puede subsistir sin esta cláusula, dado que constituye un elemento esencial de la relación contractual. Como resultado, se aplicarán los efectos restitutorios del artículo 1.303 del Código Civil y el artículo 3 de la Ley de Represión de la Usura, lo que implica la devolución de los intereses cobrados desde el inicio de la relación contractual.
En total, Carrefour deberá devolver más de 13.000 euros, que incluyen 8.600 euros del capital principal, más los intereses remuneratorios devueltos y cerca de 3.000 euros en costas judiciales.
Implicaciones para los Consumidores
Este fallo representa un precedente importante para los consumidores afectados por las tarjetas revolving, un tipo de crédito que permite pagar cuotas mínimas pero a costa de un incremento constante de los intereses. Este tipo de tarjetas se retroalimentan con las amortizaciones parciales, creando un ciclo de deuda casi perpetuo para los consumidores.
Además, el Abogado del consumidor destacó que grandes superficies financieras, como Carrefour, Alcampo o Ikea, y entidades como Wizink Banc y Cofidis, están imponiendo a los consumidores condiciones abusivas en estos contratos, que generan endeudamiento a largo plazo. El fallo del juzgado de Puerto Real refuerza la posición de los consumidores frente a estas prácticas, permitiendo la recuperación de cantidades cobradas de manera indebida.
Por último, se subraya la importancia de que el Banco de España intervenga para prohibir las tarjetas revolving, ya que están causando graves problemas financieros a las familias más vulnerables. Esta Sentencia, aunque aún no es firme y puede ser recurrida, abre la puerta a más reclamaciones por parte de consumidores afectados por prácticas similares.
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